Resumen Ejecutivo
El Gobierno ha dado un paso definitivo en la aplicación de la reforma laboral al aprobar el desarrollo reglamentario de los contratos formativos, estableciendo nuevas reglas que afectarán tanto a empresas como a trabajadores jóvenes y desempleados en procesos de formación.
El Consejo de Ministros ha aprobado oficialmente el desarrollo reglamentario de los contratos formativos incluidos en la reforma laboral, completando así uno de los elementos clave de la normativa que busca modernizar las relaciones laborales en España y mejorar la empleabilidad de los jóvenes.
¿Qué son los contratos formativos según la nueva normativa?
La reforma laboral ha redefinido completamente el concepto de contratos formativos, estableciendo dos modalidades principales que sustituyen a los anteriores contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje.
Modalidades de contratos formativos
- Contrato para la formación en alternancia: Combina trabajo efectivo con formación teórica
- Contrato en prácticas: Orientado a titulados universitarios o de formación profesional
Principales novedades del desarrollo reglamentario
Contrato para la formación en alternancia
Este nuevo contrato representa una evolución significativa del anterior contrato para la formación y el aprendizaje, con importantes mejoras en las condiciones y requisitos:
| Aspecto | Normativa Anterior | Nueva Regulación |
|---|---|---|
| Edad máxima | 25 años (30 en algunos casos) | 30 años (sin límite para desempleados) |
| Duración mínima | 1 año | 3 meses |
| Tiempo de formación | 25% de la jornada | Mínimo 25%, máximo 50% |
✓ Ventajas del nuevo sistema
- Mayor flexibilidad en la duración del contrato
- Ampliación del rango de edad para beneficiarios
- Mejor equilibrio entre formación y trabajo efectivo
- Certificación oficial de competencias adquiridas
Contrato en prácticas renovado
El contrato en prácticas también experimenta cambios sustanciales que buscan mejorar la inserción laboral de los titulados:
⚠️ Requisitos importantes
- Titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior
- No haber transcurrido más de 3 años desde la finalización de los estudios (5 años para discapacitados)
- Correspondencia entre la titulación y el puesto de trabajo
Impacto en empresas y trabajadores
Para las empresas
Las empresas se benefician de un marco normativo más claro y flexible que les permite planificar mejor sus necesidades formativas:
- Incentivos fiscales: Bonificaciones en las cotizaciones sociales más atractivas
- Mayor flexibilidad: Posibilidad de adaptar los contratos a necesidades específicas
- Reducción de cargas administrativas: Procedimientos simplificados
- Acceso a talento formado: Trabajadores con competencias certificadas
Para los trabajadores
Los trabajadores, especialmente jóvenes y desempleados, obtienen mejores condiciones y oportunidades:
- Salario mínimo garantizado: Como mínimo el 60% del SMI en el primer año
- Formación certificada: Reconocimiento oficial de competencias
- Mejores perspectivas: Mayor posibilidad de conversión a indefinido
- Protección social: Derecho a prestaciones por desempleo
Entrada en vigor y período de adaptación
El desarrollo reglamentario entrará en vigor de forma escalonada, permitiendo tanto a empresas como a trabajadores adaptarse progresivamente a las nuevas reglas:
Calendario de implementación
- Inmediato: Nuevas disposiciones para contratos que se firmen a partir de la publicación
- 6 meses: Período de adaptación para contratos en curso
- 1 año: Plena aplicación de todas las medidas
Sectores más beneficiados
Aunque los contratos formativos pueden aplicarse en cualquier sector, algunos se verán especialmente beneficiados por la nueva regulación:
| Sector | Tipo de contrato más adecuado | Ventajas específicas |
|---|---|---|
| Tecnológico | Ambos tipos | Formación continua, certificación de competencias |
| Industrial | Formación en alternancia | Aprendizaje práctico, cualificación específica |
| Sanitario | Prácticas | Especialización, experiencia práctica |
Preguntas frecuentes
¿Pueden las empresas convertir contratos temporales en formativos?
No, los contratos formativos deben celebrarse como tales desde el inicio. No es posible convertir un contrato temporal ordinario en formativo una vez firmado.
¿Qué pasa si la empresa no cumple con las obligaciones formativas?
La empresa puede enfrentar sanciones económicas y la obligación de convertir el contrato en indefinido ordinario, además de devolver las bonificaciones recibidas.
¿Los contratos formativos computan para el período de prueba?
Sí, pero con limitaciones específicas. El período de prueba no puede exceder de 1 mes para contratos de duración inferior a 6 meses, ni de 2 meses para contratos de mayor duración.
¿Es obligatorio certificar la formación recibida?
Sí, al finalizar el contrato formativo, la empresa debe expedir un certificado que acredite la formación recibida y las competencias adquiridas por el trabajador.
1 comentario en “Reforma laboral 2024: cambios en contratos formativos aprobados”
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